La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) comunica que, conforme a lo dispuesto en el artículo 15° de la Ley de Organizaciones Políticas, una ALIANZA ELECTORAL conformada por dos o más partidos políticos, con fines electorales es considerada como única para todos los fines.
A lo señalado, corresponde a cada una de las ALIANZAS ELECTORALES presentar su información financiera de campaña, en el marco de las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2016, como una sola organización política y no por cada partido político que la integra.
En la medida que las alianzas fueron inscritas en el mes de enero de 2016, correspondía que la segunda entrega de información financiera de campaña, que incluye los aportes, ingresos y gastos de campaña, se presentara de esa manera.
Por ello, con la finalidad que la información financiera de campaña evidencie la integridad de sus ingresos y gastos como alianza y no se vean o estén sujetas a observación, se recomienda actualizar la información presentada a la ONPE, en estricto cumplimiento de lo establecido en la referida Ley y en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. Los Tesoreros de las respectivas Alianzas Electorales volverán a recibir las recomendaciones y asistencia para el correcto registro de las actividades y fuentes de financiamiento.
La ONPE, como entidad que tiene la responsabilidad legal de supervisar y controlar las finanzas partidarias, comunica que a partir de la tercera entrega de información financiera de aportes / ingresos y gastos de campaña electoral, solo recibirá los reportes de la ALIANZA ELECTORAL correspondiente a los partidos que la integran.
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