Este viernes 15 de julio vence el plazo para que las organizaciones políticas presenten a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la información de aportaciones e ingresos correspondiente al primer semestre 2016, y que debe comprender lo percibido entre el 01 de enero y el 30 de junio del presente año.
La información debe contener las aportaciones individuales en efectivo y en especie (servicios, bienes o derechos a título gratuito), que realizan las personas naturales o jurídicas con domicilio en el país o en el extranjero, para el funcionamiento ordinario de la organización política, exclusivamente.
La organización política debe detallar los datos de los aportantes, nombre y dirección completa de las personas naturales y personas jurídicas que efectuaron los aportes, la fecha del aporte y el número de comprobante de ingreso respectivo, datos que deben consignarse en los formatos establecidos por el organismo electoral, los cuales deben ser suscritos por el tesorero y el contador público colegiado de la organización política a fin de darles validez.
Los formatos para la presentación de esta información se encuentran disponibles en el siguiente link:
Esta entrega de información permitirá conocer qué organizaciones políticas cumplen con la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios y, por tanto, se encuentran comprometidas con brindar transparencia a sus actividades económico–financieras, en aras del fortalecimiento del sistema democrático.
La información financiera será sometida a verificación y control por parte de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, a fin de validar su adecuación a la normatividad establecida.
La ONPE viene capacitando, de manera permanente, a los representantes de las diversas organizaciones políticas de todo el país en la correcta presentación de sus informes financieros.
Las capacitaciones incluyen aspectos relacionados con el sistema de control interno y contabilidad de las organizaciones políticas y el tratamiento de las infracciones y sanciones por incumplimiento a la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Financiamiento de Supervisión de Fondos Partidarios.
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